Declaración responsable del sistema informático de facturación
Última actualización: 27 de octubre de 2026
El Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 no prevé que la Agencia Tributaria homologue ni certifique programas de facturación. Lo que exige es que el productor del sistema emita una declaración responsable de que su producto cumple los requisitos, y que esa declaración esté disponible. Esta es la nuestra.
Productor del sistema
- Razón social: PUREDEVENIA SL
- NIF: B22810949
- Domicilio: Avenida Carlos Haya 15, 29010 Málaga (Málaga), España
- Contacto: hola@rucob.com
Sistema informático de facturación
Estos son exactamente los datos que Rucob incorpora al bloque SistemaInformatico de cada registro de facturación que remite a la Agencia Tributaria:
| Nombre del sistema | RUCOB |
|---|---|
| Identificador | 78 |
| Versión | 1.0 |
| Número de instalación | 1 |
| Modalidad de uso | Exclusivamente VeriFactu: el sistema solo puede funcionar remitiendo los registros a la AEAT. No admite la modalidad de sistema no verificable. |
| Varios obligados tributarios | Sí: un mismo sistema da servicio a varios obligados tributarios, cada uno con su propia cadena de registros independiente. |
Declaración
PUREDEVENIA SL, como productor del sistema informático de facturación RUCOB, declara bajo su responsabilidad que dicho sistema, en la versión indicada, se ajusta a lo dispuesto en:
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos de los sistemas y programas informáticos de facturación
- Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas
Y en particular, que el sistema:
- Genera un registro de facturación de alta por cada factura expedida, en el momento de su expedición, con el contenido y el formato exigidos.
- Encadena cada registro con el inmediatamente anterior mediante una huella o hash, de modo que la alteración o la eliminación de cualquiera de ellos resulta detectable.
- Asigna la numeración de forma correlativa en el momento de la expedición, sin permitir su modificación posterior.
- No permite la eliminación de una factura expedida: la corrección se practica mediante factura rectificativa y la anulación mediante el correspondiente registro de anulación, que se remite igual que el de alta.
- Incorpora a la factura el código QR y la mención exigidos, y remite los registros a la sede electrónica de la Agencia Tributaria conforme a las especificaciones técnicas.
- Conserva la integridad, la conservación, la accesibilidad, la legibilidad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros de facturación.
Declaración suscrita con fecha 13 de octubre de 2026. El ejemplar firmado se custodia en Puredevenia S.L. y se facilita a petición de cualquier usuario del sistema o de la Administración tributaria en hola@rucob.com.
Alcance
Esta declaración se refiere al sistema informático de facturación de Rucob. La responsabilidad de expedir correctamente cada factura —los datos del destinatario, el concepto, la base imponible y el tipo aplicado— corresponde al obligado tributario que la emite, como en cualquier otro programa.
Si necesitas esta declaración firmada en documento aparte, para tu asesoría o para un expediente, escríbenos a hola@rucob.com y te la enviamos.
