Inteligencia artificialPor 9 min de lectura

Requerimiento del ayuntamiento en una licencia: cómo desglosarlo y contestar en plazo

Qué tipo de requerimiento tienes delante, cómo se cuentan de verdad los diez días hábiles, cómo partirlo en puntos con un responsable cada uno, cómo se contesta y qué parte de ese trabajo puede hacer la IA sin que nadie se fíe a ciegas.

Llega un martes por la tarde, como casi todos. Cuatro páginas del servicio de licencias con once puntos numerados: falta el estudio de gestión de residuos firmado, la ficha urbanística no recoge la altura de cornisa, el plano de la planta segunda no acota el patio, el promotor tiene que aportar la nota simple actualizada. Al final, en una línea: «diez días».

Lo que pasa después en muchos estudios es conocido. Alguien lo lee, lo reenvía al promotor, se queda en la bandeja y, cuando se vuelve a abrir, quedan cuatro días y dos de los puntos dependen del ingeniero de instalaciones, que está de vacaciones. Este artículo va de evitar eso: qué tipo de requerimiento tienes delante, cómo se cuenta el plazo de verdad, cómo se desglosa y qué parte de ese trabajo puede hacer una máquina sin que nadie tenga que fiarse a ciegas.

Primero: qué tipo de requerimiento es

No todos los papeles que llegan del ayuntamiento con la palabra «requerimiento» son iguales, y la diferencia cambia el plazo y lo que pasa si no se contesta.

Qué esBasePlazoSi no se atiende
Subsanación: falta un documento o la solicitud está incompletaArt. 68 Ley 39/201510 días hábiles, ampliables hasta 5Se te tiene por desistido y se archiva
Trámite que tiene que cumplimentar el interesadoArt. 73 Ley 39/201510 días hábiles, salvo que se fije otroSe te puede declarar decaído en ese trámite
Reparos del informe técnico municipalOrdenanza y normativa autonómica de licenciasEl que fije el escrito o la ordenanzaLo normal es una propuesta de denegación

En la práctica, el escrito de un ayuntamiento mezcla a menudo las dos cosas: documentos que faltan y reparos técnicos al proyecto. Lo que hay que buscar es el fundamento que cita y la advertencia final. Si dice que «se le tendrá por desistido», es el artículo 68 y el reloj es el de diez días. Si habla de informe desfavorable o de propuesta de denegación, el plazo es el que ponga el propio escrito, y conviene leer la ordenanza municipal antes de dar nada por supuesto.

Cómo se cuenta el plazo de verdad

Aquí es donde más días se pierden, y casi nunca por mala fe: por contar mal.

  • Desde el día siguiente a la notificación, no desde la fecha del escrito. Un requerimiento firmado el día 2 y notificado el 9 empieza a contar el 10 (art. 30.3).
  • Días hábiles: fuera sábados, domingos y festivos (art. 30.2). Diez días hábiles son, en el mejor de los casos, dos semanas naturales; con un festivo local en medio, algo más.
  • La notificación electrónica cuenta cuando se abre, y si nadie la abre en diez días naturales desde que se pone a disposición, se entiende rechazada y el trámite sigue igual (art. 43.2). No abrirla no para nada.
  • La ampliación se pide antes de que venza. El artículo 68.2 permite hasta cinco días más si aportar los documentos tiene dificultades especiales; el artículo 32, con carácter general, hasta la mitad del plazo. Pedirla el último día por la tarde es pedirla tarde.
El dato que el PDF no tiene

La fecha que dispara el plazo está en el acuse de la sede electrónica, no en el requerimiento. Si la notificación la abre el promotor y te reenvía el PDF tres días después, esos tres días ya han corrido. Lo primero que hay que preguntar al recibir un requerimiento reenviado es una sola cosa: «¿qué día lo abriste?».

Un detalle que afecta a los estudios: las personas que ejercen una profesión de colegiación obligatoria están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración en los trámites que hacen en ejercicio de esa profesión (art. 14.2.c). Si el estudio figura como representante en la solicitud, las notificaciones pueden llegarle a él directamente, y entonces la fecha de apertura es la suya.

Desglosar: un punto, un responsable, una fecha

Un requerimiento de once puntos no se contesta: se contestan once cosas pequeñas, cada una con su dueño. El trabajo útil de la primera hora es convertir el escrito en una lista así:

PuntoQué se pideResponsablePara cuándo
1Estudio de gestión de residuos firmadoEstudioDía 3
4Acotar el patio en la planta segundaEstudio (delineación)Día 2
6Justificación de ventilación del garajeIngeniería de instalacionesDía 5
9Nota simple actualizadaPromotorDía 4

Las fechas internas se ponen hacia atrás desde el vencimiento, dejando al menos dos días hábiles al final para montar la contestación, revisarla y presentarla. Lo que depende de terceros va primero, porque es lo único que no controlas: el promotor que tiene que pedir un documento al registro, el ingeniero que tiene que rehacer un cálculo, la comunidad de propietarios que tiene que firmar una autorización.

Y un punto que conviene marcar desde el principio: qué reparos no vas a subsanar. Si un reparo técnico no tiene fundamento (el informe aplica una ordenanza derogada o lee mal una cota), la respuesta no es modificar el proyecto, sino justificarlo. Esa es una decisión de criterio, y es mejor tomarla el primer día que el noveno. Y es criterio de quien firma: por eso una IA no puede justificar el cumplimiento del CTE por ti.

Cómo se contesta

La contestación que mejor funciona es la que el técnico municipal puede revisar sin buscar nada:

  1. Un escrito de contestación punto por punto, con la misma numeración que el requerimiento. Para cada punto: qué se aporta o qué se modifica, y dónde está.
  2. La documentación sustituida, identificada. «Se sustituye el plano A-04 (revisión 2, fecha…) por el A-04 (revisión 3)». Nada de reenviar el proyecto entero sin decir qué ha cambiado.
  3. Los reparos que se justifican y no se subsanan, con la norma aplicable y su artículo. Sin tono de queja: es un escrito técnico.
  4. Firmado y presentado por quien corresponde: el interesado o su representante acreditado, por la sede electrónica del ayuntamiento. Guarda el justificante de registro con la fecha y la hora: es lo que prueba que llegaste a tiempo.

Qué hace bien la IA aquí, y qué no

Un requerimiento es casi el ejemplo de manual de tarea que un modelo de lenguaje resuelve bien: un texto largo con una estructura de fondo (puntos, plazos, responsables) que hay que pasar a otro formato. Lo explicamos con más detalle en qué automatiza de verdad la IA en un estudio. Aplicado a este caso concreto:

Tarea¿La IA?Por qué
Separar el escrito en puntos numeradosSíEs traducción de formato y se comprueba de un vistazo contra el original
Proponer un responsable para cada puntoSí, como propuesta«Nota simple» es del promotor y «acotar un plano» es del estudio; se revisa en segundos
Leer el plazo que dice el textoSíEstá escrito; otra cosa es cuándo empieza a contar
Fijar el día de vencimientoNoDepende de la fecha de apertura de la notificación y de los festivos locales
Decidir si un reparo tiene fundamentoNoEs criterio técnico y jurídico, y lo firma quien responde del proyecto
Redactar el escrito de contestaciónEl esqueletoLa estructura sí; el contenido de cada respuesta es del técnico

La regla de fondo es la misma que con cualquier otra herramienta: lo que propone la IA tiene que poder revisarse contra el documento original antes de convertirse en trabajo. Una lista de tareas que alguien ha mirado y aceptado ahorra una hora. Una lista que nadie ha mirado, y a la que le falta el punto siete, cuesta una licencia.

Y si el requerimiento lleva datos personales (la nota simple del promotor, un vecino que ha presentado alegaciones), subirlo a una cuenta gratuita de un chatbot no es una buena idea. Lo tratamos en IA y datos del estudio: qué exige el RGPD.

Cómo está montado en Rucob

En Rucob el requerimiento se sube al expediente como un documento más. La IA lo lee y propone sus acciones: qué hay que hacer, de quién es y para cuándo. Quedan creadas como tareas del expediente, enlazadas con el requerimiento del que salen, y aparecen en el tablero, en el calendario y en el aviso diario por correo de lo que vence.

Lo que no hace es decidir por ti: cada acción se puede corregir, reasignar o borrar, y el documento original está siempre a un clic para comprobar de dónde salió. La fecha de vencimiento de verdad, la que sale del acuse de la sede, la pones tú.

Fuentes

Textos oficiales en los que se apoya este artículo, comprobados el 7 de octubre de 2026. La normativa de licencias es autonómica y municipal además de estatal: conviene abrir siempre la ordenanza vigente del ayuntamiento que tramita.

El método de desglose y las fechas internas son práctica de estudio, no norma. Los plazos de los reparos técnicos dependen de cada ordenanza municipal y de la ley autonómica de urbanismo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto plazo hay para contestar un requerimiento de subsanación?

Si es el requerimiento del artículo 68 de la Ley 39/2015 (falta documentación o la solicitud no reúne los requisitos), diez días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Ese plazo puede ampliarse hasta cinco días más cuando aportar los documentos tenga dificultades especiales, pero hay que pedirlo antes de que venza. Si el requerimiento procede del informe técnico municipal, manda el plazo que fije el propio escrito o la ordenanza: hay que leerlo en el documento, no suponerlo.

¿Los sábados cuentan en el plazo?

No. Desde la Ley 39/2015, cuando un plazo se fija en días se entienden hábiles y se excluyen sábados, domingos y festivos. Los festivos que cuentan son los del municipio o la comunidad autónoma de la Administración y los del interesado: por eso conviene tener a mano el calendario de días inhábiles que publica cada año la Administración correspondiente.

¿Qué pasa si no contesto a tiempo?

En el requerimiento del artículo 68, que la Administración te tenga por desistido de la solicitud mediante resolución: la licencia no se deniega, simplemente se archiva, y hay que volver a empezar. En un trámite ordinario del artículo 73 te pueden declarar decaído en ese trámite, aunque la contestación todavía produce efectos si llega antes o dentro del día en que se notifica la resolución que da el plazo por transcurrido. Ninguna de las dos cosas es una buena forma de enterarse de que el plazo había vencido.

¿La IA puede contestar el requerimiento por mí?

Puede preparar el esqueleto: la lista de puntos, el responsable propuesto de cada uno y el plazo que dice el texto. Lo que no puede es decidir si un reparo técnico tiene fundamento, si conviene recurrir en lugar de subsanar, ni fijar la fecha de vencimiento, porque esa depende de cuándo se abrió la notificación y ese dato no está en el PDF. La contestación la firma un técnico y la presenta el interesado o su representante.

¿Mientras contesto se para el plazo que tiene el ayuntamiento para resolver?

Sí, en el caso de la subsanación. El artículo 22 de la Ley 39/2015 permite suspender el plazo máximo para resolver durante el tiempo que media entre la notificación del requerimiento y su cumplimiento efectivo, o durante el plazo concedido si no se cumple. Por eso un requerimiento contestado tarde no solo arriesga el expediente: también alarga la licencia.

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