HonorariosPor 9 min de lectura

Honorarios de arquitecto sin baremo: cómo calcularlos y dejarlos atados en la hoja de encargo

Por qué los colegios no pueden publicar baremos desde 2009, cómo calcular el coste de una hora del estudio, tres formas de poner precio con el riesgo de cada una y las nueve cláusulas que tiene que tener la hoja de encargo.

Una reforma integral de vivienda, ciento veinte metros cuadrados. El cliente pregunta cuánto cuesta el proyecto y la dirección de obra. Hace veinte años la respuesta salía de una tabla del colegio. Hoy esa tabla no existe, y cada estudio responde como puede: con el porcentaje que usaba su antiguo jefe, con lo que cobró la última vez o con lo que cree que el cliente está dispuesto a pagar.

El problema casi nunca es el número. Es lo que no se escribió al lado del número: si incluía el estudio de seguridad, cuántas versiones de la distribución entraban o qué pasaba si el cliente decidía, en el proyecto de ejecución, añadir una planta. Este artículo va de las dos cosas: cómo llegar a un precio que tenga sentido para el estudio y cómo dejarlo atado en la hoja de encargo.

Por qué ya no hay baremo

La Ley 25/2009, la llamada Ley Ómnibus, añadió a la Ley de Colegios Profesionales un artículo 14 con un título que no deja dudas: «Prohibición de recomendaciones sobre honorarios». Los colegios no pueden establecer baremos orientativos ni ninguna otra orientación, recomendación o regla sobre honorarios. La única excepción son los criterios para la tasación de costas en los juzgados.

La misma reforma dejó claro que el visado colegial no comprende los honorarios ni las demás condiciones del contrato, que «quedan sujetas al libre acuerdo entre las partes» (art. 13). El colegio comprueba la identidad y habilitación del técnico y la corrección formal de la documentación; el precio no es cosa suya.

La tabla vieja

Muchos estudios siguen usando, sin decirlo, los porcentajes de las antiguas tarifas. No es ilegal que un arquitecto calcule su precio como quiera, incluido así. Lo que conviene saber es que esos números no son una referencia de nada: tienen más de quince años, no reflejan los costes actuales del estudio y no sirven para justificar un precio ante un cliente.

Antes del precio: cuánto cuesta una hora del estudio

Cualquier método de cálculo acaba, de forma explícita o no, en una pregunta: con este precio, ¿cuánto cobra el estudio por cada hora que dedica al encargo? Para contestarla hay que conocer primero el coste de esa hora, y casi nadie lo tiene calculado.

La cuenta es sencilla. Se suman los costes anuales del estudio (sueldos o retribución de los socios, seguridad social o cuota de autónomos, alquiler, seguro de responsabilidad civil, licencias de software, colegio, gestoría, equipos) y se dividen entre las horas facturables, no entre las horas trabajadas. Las facturables son las que se dedican a encargos concretos; las demás (administración, comerciales, formación, presupuestos que no salen) también hay que pagarlas, y salen de ahí.

Ejemplo: estudio de dos personasCifra
Costes anuales totales110.000 €
Horas trabajadas al año (2 × 1.700)3.400 h
Horas facturables (≈ 65 %)2.210 h
Coste por hora facturable≈ 50 €/h

Las cifras son un ejemplo para ver la mecánica, no una referencia: cada estudio tiene que hacer su cuenta con sus números. Lo importante es la consecuencia: por debajo de ese coste, el encargo pierde dinero aunque la factura parezca razonable, y el margen se calcula encima, no dentro.

Tres formas de calcular los honorarios

Porcentaje del presupuesto de ejecución material

Es la forma heredada y la que el cliente entiende más rápido. Su ventaja es que escala con el tamaño de la obra. Su problema es que el precio depende de un número que no conoces al firmar: el PEM del anteproyecto no es el del proyecto de ejecución, y si el cliente recorta calidades para ajustar el presupuesto, tus honorarios bajan aunque el trabajo haya subido. Si se usa, conviene escribir sobre qué PEM se calcula (el del proyecto de ejecución visado, por ejemplo) y fijar un mínimo.

Horas estimadas por fase

Se estima cuántas horas lleva cada fase, se multiplican por un precio por hora que ya incluye el margen, y se suma. Es el método más honesto con el coste real del estudio, y el que más ayuda a aprender: al cerrar el encargo se puede comparar lo estimado con lo dedicado. Su punto débil es que exige registrar horas, y que al cliente le cuesta aceptar una factura que crece.

Precio cerrado por fase

Un importe fijo para cada fase (anteproyecto, básico, ejecución, dirección de obra), calculado por dentro con las horas estimadas. Es lo que mejor entiende el cliente y lo que mejor se factura, porque cada fase entregada es un hito. El riesgo de desviación lo asume el estudio, y por eso funciona solo si el alcance de cada fase está escrito con detalle.

MétodoLo entiende el clienteQuién asume la desviaciónQué tiene que estar escrito
% del PEMSíDepende de cómo evolucione el PEMSobre qué PEM se calcula y el mínimo
Horas por faseLe cuestaEl clientePrecio por hora, estimación y tope
Precio cerrado por faseSíEl estudioEl alcance de cada fase, al detalle

Qué tiene que decir la hoja de encargo

No hay una norma que exija una hoja de encargo con ese nombre. Sí hay una que obliga a informar al cliente, antes del contrato, de las características principales del servicio y del precio o del método para calcularlo (art. 22 de la Ley 17/2009), y con un particular se suma la normativa de consumidores. Pero la razón práctica pesa más: es el único documento que se puede sacar cuando hay un desacuerdo. Lo mínimo:

  1. Las partes, con sus datos fiscales, y quién es el promotor si no coincide con quien paga.
  2. El objeto y el alcance: qué obra, en qué emplazamiento, y qué documentos se entregan en cada fase.
  3. Lo que queda excluido, con nombre: estudio geotécnico, levantamiento topográfico, proyectos de instalaciones que requieran ingeniería, coordinación de seguridad y salud, certificación energética, licencia de actividad, tasas, visado. Es la cláusula que más discusiones evita.
  4. Los honorarios por fase, sin IVA, con el IVA aplicable y, si el cliente es empresa o profesional, la retención de IRPF (15 %, o 7 % en los tres primeros años de actividad).
  5. Los hitos de facturación: a la firma, a la entrega de cada fase, mensual o por certificación durante la dirección de obra, y al certificado final.
  6. Las revisiones incluidas. Por ejemplo, dos versiones de la distribución en el anteproyecto. A partir de ahí, o si cambia el programa, es un encargo adicional con su precio.
  7. Qué pasa si la obra se para o el encargo se rescinde: se facturan las fases terminadas y la parte hecha de la fase en curso, y la dirección de obra se revisa si la paralización supera un plazo.
  8. La propiedad intelectual: el proyecto es obra protegida (art. 10 de la Ley de Propiedad Intelectual), y lo normal es ceder su uso para construir esa obra, no para repetirla.
  9. El seguro de responsabilidad civil, con la aseguradora. Además de ser una de las informaciones que pide la Ley 17/2009, tranquiliza. Hablamos de qué cubre en el seguro de RC del arquitecto.

De la hoja de encargo a la factura

Una hoja de encargo con hitos claros convierte la facturación en un trámite: cada fase entregada es una factura con un concepto que el cliente ya ha firmado. El concepto conviene que repita el de la hoja («Honorarios de proyecto básico, según hoja de encargo de…»), porque es lo que cualquiera entiende al revisar la factura dos años después.

Desde que entre en vigor la obligación, esas facturas tendrán que salir de un sistema que cumpla el reglamento antifraude, y a empresas y profesionales, en formato electrónico estructurado. Lo contamos en VeriFactu en un estudio de arquitectura y en factura electrónica B2B.

Cómo está montado en Rucob

En Rucob, los presupuestos de honorarios viven en el expediente, junto a sus fases, sus tareas y su documentación, de modo que el alcance que pactaste está en el mismo sitio que el trabajo que haces. Cuando llega un hito, la factura se emite desde Facturación, con VeriFactu, enlazada con el expediente. Lo que Rucob no hace es decirte cuánto cobrar: el precio por hora y los costes del estudio son tuyos, y deberían seguir siéndolo.

Fuentes

Textos oficiales en los que se apoya este artículo, comprobados el 9 de octubre de 2026. La normativa se modifica: conviene abrir siempre la versión consolidada vigente.

El cálculo del coste por hora, la comparación de métodos y la lista de cláusulas son práctica de gestión, no norma. Las cifras del ejemplo son ilustrativas: haz la cuenta con las de tu estudio.

Preguntas frecuentes

¿Existe todavía un baremo oficial de honorarios de arquitecto?

No. Desde la Ley 25/2009, el artículo 14 de la Ley de Colegios Profesionales prohíbe a los colegios establecer baremos orientativos o cualquier otra recomendación sobre honorarios, con la única excepción de los criterios para la tasación de costas. Los honorarios se pactan libremente entre el arquitecto y el cliente, y el visado tampoco los comprende.

¿Puedo seguir calculando los honorarios como un porcentaje del PEM?

Sí, como método de cálculo propio: nada impide pactar un porcentaje sobre el presupuesto de ejecución material. Lo que no existe es un porcentaje «oficial» ni recomendado por el colegio. El riesgo del porcentaje es que el precio depende de un número que todavía no conoces cuando firmas el encargo y que puede cambiar a lo largo del proyecto, así que conviene fijar sobre qué PEM se calcula y qué pasa si varía.

¿Es obligatorio firmar una hoja de encargo?

No hay una norma que la exija con ese nombre, pero la Ley 17/2009 obliga a informar al cliente antes del contrato de las características del servicio y de su precio, o del método para calcularlo, y con un cliente particular se suman las obligaciones de información de la normativa de consumidores. Lo que sí es seguro es que, sin un documento firmado, cualquier discusión sobre qué estaba incluido se resuelve con correos sueltos y memoria.

¿Qué retención de IRPF lleva una factura de honorarios?

El 15 % con carácter general, o el 7 % en el año de inicio de la actividad profesional y en los dos siguientes, según el artículo 95 del Reglamento del IRPF. Solo se aplica cuando el cliente está obligado a retener, una empresa o un profesional; a un particular que encarga la reforma de su vivienda no se le aplica retención.

¿Qué pasa con los honorarios si la obra se paraliza?

Lo que diga la hoja de encargo, y por eso conviene que lo diga. Lo razonable es facturar las fases terminadas, fijar cómo se liquida la fase en curso y prever que, si la paralización supera un plazo, los honorarios de dirección de obra se revisan, porque reanudar una obra parada meses exige trabajo que no estaba previsto.

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