MedicionesPor 9 min de lectura

Precio contradictorio: cómo se fija, quién lo aprueba y cómo entra en la certificación

Qué es y qué no es un precio contradictorio, quién lo propone y quién lo aprueba en obra privada, cómo se calcula con los precios elementales del contrato, cómo se documenta antes de tapar la unidad y cinco errores que salen caros en la liquidación.

Excavando la zapata del pilar B-4 aparece un relleno antrópico que el estudio geotécnico no había detectado. Hay que profundizar un metro más, hormigonar un pozo de cimentación y retirar tierras que no estaban previstas. El jefe de obra pregunta qué hace. La obra no puede parar una semana. Y en el presupuesto no hay ninguna partida que se llame «pozo de cimentación».

Esa es la situación típica de un precio contradictorio, y casi todos los problemas que generan después (en la certificación, en la liquidación, en el juzgado) vienen de cómo se gestionaron esos primeros días. Este artículo va de qué es, quién lo aprueba, cómo se calcula, cómo se documenta y cómo entra en la certificación sin romper lo que ya estaba certificado.

Qué es y qué no es

Un precio contradictorio es el precio de una unidad de obra que no figura en el contrato, o que figura con unas características distintas de las que se van a ejecutar. La palabra «contradictorio» viene de cómo se fija: contradictoriamente, es decir, oyendo a las dos partes.

No es un precio contradictorio:

  • Un exceso de medición de una partida que ya existe. Si se ejecutan más metros cuadrados de solado de los previstos, el precio es el del contrato; lo que cambia es la cantidad.
  • Una revisión de precios por la subida de los materiales, que se rige por lo que diga el contrato al respecto, si dice algo.
  • Una partida «parecida». Certificar el pozo de cimentación como metros cúbicos de la partida de zapatas porque las dos llevan hormigón es la forma más común de crear un problema: el precio no corresponde a la unidad, y en la liquidación nadie sabrá explicar por qué la zapata del B-4 tiene el triple de medición que las demás.

Quién lo propone y quién lo aprueba

En obra privada no hay una ley que regule el procedimiento: manda el contrato, y conviene que diga algo. Lo que sí está claro es quién hace qué:

AgentePapel
Director de obraResuelve la contingencia, deja la instrucción en el Libro de Órdenes y elabora la modificación con la conformidad del promotor (art. 12.3 LOE)
Director de ejecuciónMide la unidad ejecutada y la incorpora a las certificaciones (art. 13.2 LOE)
ContratistaPresenta su precio descompuesto
PromotorAprueba el precio por escrito. Es quien paga

La firma del promotor no es un trámite. En un contrato a precio alzado, el artículo 1593 del Código Civil dice que el contratista no puede pedir aumento de precio aunque suban jornales o materiales, pero sí cuando se ha hecho un cambio en el plano que produzca aumento de obra, «siempre que hubiese dado su autorización el propietario». Sin esa autorización, el contratista tiene un problema para cobrar, y la dirección facultativa que ordenó el cambio, otro para explicarlo.

La referencia de la obra pública

En contratos públicos el procedimiento sí está regulado: los precios de las unidades no previstas los fija la Administración, previa audiencia del contratista por un mínimo de tres días hábiles, y si el contratista no los acepta, la Administración puede encargarlas a otro (art. 242.2 de la Ley de Contratos del Sector Público). Aunque no se aplique a una obra privada, es un buen modelo para la cláusula del contrato.

Cómo se calcula

El criterio más sólido es el que fija el Reglamento de la Ley de Contratos para la obra pública (art. 158): el nuevo precio se basa en los costes elementales de los precios descompuestos del contrato, y en los costes vigentes a la fecha de adjudicación. Traducido a una obra privada:

  1. Se descompone, como cualquier otro precio del presupuesto: mano de obra, materiales y maquinaria con sus rendimientos. Un precio contradictorio sin descomponer es una cifra que nadie puede revisar.
  2. Se reutilizan los elementales del contrato. Si la hora de oficial, el metro cúbico de hormigón o la hora de retroexcavadora ya tienen precio en el contrato, se usa ese. Lo contrario permite revisar por la puerta de atrás los precios ya pactados.
  3. Solo lo nuevo se justifica a precio de mercado, con una oferta de proveedor o un banco de precios de referencia.
  4. Los mismos costes indirectos que el resto del presupuesto.
  5. Se deja escrito si se le aplica la baja. Si el contrato se adjudicó con una baja sobre el presupuesto, hay que decidir si el precio nuevo la lleva o se pacta ya a precio final. Las dos opciones son defendibles; no decirlo, no.

Cómo se construye un precio descompuesto y de dónde salen sus elementales lo contamos con más detalle en presupuesto de obra por capítulos.

Cómo se documenta

El orden importa más que el formato. Una secuencia que aguanta una liquidación difícil:

  1. Orden en el Libro de Órdenes, el día que aparece la contingencia: qué se ha encontrado, qué se ordena ejecutar y que la unidad no está en el contrato.
  2. Medición antes de ocultar. Si la unidad va a quedar enterrada u oculta (el pozo de cimentación, un refuerzo, una impermeabilización), se mide y se fotografía antes de taparla, con el contratista presente.
  3. Precio descompuesto del contratista, revisado por la dirección facultativa contra los elementales del contrato.
  4. Acta de precio contradictorio firmada por el promotor, el contratista y la dirección facultativa: descripción de la unidad, unidad de medida, precio y su descomposición.
  5. Certificación de la unidad como línea propia, identificada como precio contradictorio.

Si la urgencia obliga a ejecutar antes de tener el precio firmado, los pasos 1 y 2 no son opcionales: son lo único que permitirá después discutir el precio sobre hechos y no sobre recuerdos. Qué hace que un acta valga como prueba lo explicamos en el acta de obra como prueba.

Cómo entra en la certificación

Un precio contradictorio no modifica el presupuesto contratado: se certifica como una línea aparte, dentro del capítulo al que pertenece y numerada de forma que se distinga de las partidas originales. Igual que el resto, se certifica a origen: la cantidad ejecutada hasta la fecha, de la que se descuenta lo certificado en la anterior.

Dos cosas que conviene vigilar. La primera, que el precio aprobado no cambie en certificaciones posteriores: lo que se certificó en marzo tiene que poder reproducirse en la liquidación con el mismo precio. La segunda, que la liquidación final separe tres cosas que se suelen mezclar: los excesos y defectos de medición de las partidas del contrato, los precios contradictorios y las mejoras pedidas por la propiedad. Cuánto se ha desviado la obra y por qué son preguntas distintas. El mecanismo de la certificación a origen está en certificación de obra a origen.

Cinco errores que salen caros

  1. Aprobar el precio con la unidad ya ejecutada. El promotor ya no puede decir que no, y lo sabe todo el mundo.
  2. Meter la unidad en la partida más parecida, inflando su medición. Rompe el presupuesto de esa partida y deja la liquidación sin explicación.
  3. No tener la firma del promotor. En precio alzado, es la condición del artículo 1593 del Código Civil para pedir el aumento.
  4. Precios elementales nuevos para recursos que ya tenían precio. Es una revisión de precios encubierta.
  5. Tapar sin medir. Lo que queda oculto sin medición ni fotografía se discute siempre, y casi siempre a la baja.

Cómo está montado en Rucob

En el módulo de mediciones de Rucob, los precios contradictorios se añaden desde la propia certificación, en el capítulo al que pertenecen. Llevan su propia numeración (C1, C2…) y la marca «P.C.», y no tocan el presupuesto contratado. Se pueden escribir a mano o traer del banco de precios, de una base de referencia o de otra obra tuya. El precio se pacta ya como precio final, sin aplicarle el coeficiente de adjudicación.

Cada certificación nueva hereda los contradictorios de la anterior a origen, y los precios se congelan al certificar: si después cambias un precio del presupuesto, las certificaciones ya hechas no se reescriben. La orden y el acta firmada van en el expediente, junto a la obra.

Fuentes

Textos oficiales en los que se apoya este artículo, comprobados el 15 de octubre de 2026. La normativa se modifica: conviene abrir siempre la versión consolidada vigente.

La secuencia de documentación y la lista de errores son práctica de dirección de obra, no norma. En obra privada, lo que de verdad manda es el contrato: si no dice nada de precios contradictorios, es buen momento para que lo diga en el siguiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un precio contradictorio?

El precio de una unidad de obra que no figura en el presupuesto del contrato, o que figura con unas características distintas de las que se van a ejecutar. Aparece cuando la obra exige algo que el proyecto no preveía (un refuerzo de cimentación, una impermeabilización distinta, un cambio de material pedido por la propiedad) y hay que acordar cuánto se paga por ello antes de certificarlo.

¿Quién aprueba un precio contradictorio en una obra privada?

El promotor, que es quien lo paga. La dirección facultativa revisa y propone, el contratista presenta su precio descompuesto, pero la conformidad tiene que ser del promotor y por escrito. En un contrato a precio alzado, el artículo 1593 del Código Civil solo permite al contratista pedir un aumento cuando hay un cambio en el plano que aumenta la obra y el propietario lo ha autorizado.

¿Cómo se calcula el precio de una unidad nueva?

Con el mismo criterio que el presupuesto del contrato: un precio descompuesto que reutiliza los precios elementales de mano de obra, materiales y maquinaria que ya están en el contrato y solo justifica a precio de mercado los que son nuevos, con el mismo porcentaje de costes indirectos. Es lo que exige la normativa de obra pública (artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contratos) y es un buen criterio también en obra privada.

¿Se puede aprobar el precio después de ejecutar la unidad?

Se puede, pero es la peor forma de hacerlo. Con la unidad ya ejecutada, el promotor ha perdido la opción de no hacerla o de buscar otra solución, y la discusión pasa a ser sobre cuánto se paga por algo que ya está hecho. Si la urgencia de la obra obliga a ejecutar antes, lo mínimo es dejar la orden escrita en el Libro de Órdenes y medir la unidad antes de que quede oculta.

¿El precio contradictorio cambia el PEM del contrato?

No cambia el presupuesto contratado: se certifica como una línea aparte, identificada como precio contradictorio, dentro del capítulo al que pertenece. Lo que sí cambia es el importe final de la obra, y por eso debe aparecer con claridad en la liquidación, separado de los excesos de medición de las partidas que ya existían.

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